Cuánto más se acerca el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, más dudas surgen en torno a la esperada cita con la suerte. Por ejemplo, ¿y si el 22 de diciembre tenemos el décimo premiado con el 'Gordo'? ¿Hasta cuándo se puede cobrar el premio que nos corresponde?
Pues la respuesta es sencilla, ya que el plazo para cobrar los premios de Loterías y Apuestas del Estado es casi siempre de tres meses. En cuanto finalice este trimestre, se pierde todo derecho a recibir el dinero obtenido con el décimo. Por otra parte, estos meses empezarán a contar justo un día después de que se lleve a cabo el sorteo.
De esta forma, el último día para cobrar un décimo de Lotería de Navidad sería el 22 de marzo. Aunque no sería imposible cobrarlo una vez pasada esa fecha, puesto que, si se realiza una reclamación ante un juzgado, es probable que se llegue a recibir el premio. En este caso, es indispensable que no hayan pasado cinco años desde la fecha del sorteo.
Por otro lado, otra incógnita que puede aparecer relacionada con cómo recibir lo que hemos ganado con nuestros boletos es dónde cobrar ese dinero. Pues bien, la clave está en cuánto es el beneficio obtenido, ya que si el premio es inferior a 3.000 euros se puede acudir a cualquier administración de Loterías.
Sin embargo, si la cifra es superior el destino deberá ser alguna entidad bancaria concertada. Asimismo, sea cual sea la cantitdad, también se puede dirigir el agraciado a una delegación territorial de Loterías y Apuestas del Estado, donde será necesario presentarse con el DNI y el décimo premiado.